
Desde el 12 de agosto de 2026 las empresas deben aplicar el nuevo Reglamento de la UE para envases alimentarios, el cual pretende favorecer la reutilización, la reducción de los residuos y restringir sustancias preocupantes para la salud.
Cabe indicar que no entra ya en vigor todo el paquete de medidas. El reglamento ya entró en vigor en febrero de 2025 y muchas de sus obligaciones tienen calendarios propios que llegan hasta 2030, 2038 o 2040. Lo que pasa a partir del 12 de agosto 2026 es que empieza a aplicarse de forma general y obliga a las empresas a preparar transformaciones que se irán haciendo visibles durante los próximos años.
El Reglamento de Envases y Residuos de Envases 2025/40 (PPWR por sus siglas en inglés), que es como se denomina dicho Reglamento de la UE para envases alimentarios, va dirigido a las empresas de los eslabones productores, fabricantes, importadores y distribuidores, e introduce múltiples requisitos para avanzar hacia una economía circular, como la obligatoriedad en todos los países de la UE de aplicar los mismos criterios, requisitos para promover el rellenado y reciclado, un sistema de envasado retornable y un sinfín de plazos y calendarios.
Novedades y requisitos del nuevo Reglamento de la UE para envases alimentarios:
Estas son las novedades y requisitos del nuevo Reglamento de la UE para envases alimentarios:
- Ningún envase podrá ser comercializado sin su «declaración de conformidad UE (DoC)», que certifica que cumple con el reglamento.
- Se obliga a la reciclabilidad de envases clasificando su calidad en tres niveles: A (un mínimo del 95% de sus materiales), B (entre 80 y 95%) y C (entre 70 y 80%), aunque a partir de 2038 solo se admitirán aquellos con al menos el 80% de material reciclado. Para envases en contacto con alimentos, los niveles mínimos de plástico reciclado que exige la norma son, en el caso del PET de un 30% en 2030 y para otros plásticos del 10%, después aumentarán progresivamente hasta 2040. Las tarifas por comercializar productos de embalaje se basarán en esas calificaciones: cuanto más reciclable sea, menor será la aportación económica.
- Para 2028 todos los envases deberán incorporar información clara sobre materiales y porcentaje reciclado y, en el caso de los reutilizables, un sistema de información — código QR u otro soporte digital— que explique cómo retornarlos. En España habrá un periodo de duplicidad normativa entre el etiquetado europeo y el nacional.
- Se limitará al 50% el espacio vacío en determinados envases agrupados, de transporte y comercio electrónico
- Desde ya no se podrán introducir en el mercado envases en contacto con alimentos que contengan PFAS (sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas) en concentraciones iguales o superiores a 25 ppb para cualquier PFAS individual medido con análisis específicos, o 250 ppb para la suma de PFAS, lo cual debe quedar reflejado en la documentación técnica. Esto afecta a vasos de papel con recubrimientos fluorados, cajas de pizza o a envases de comida para llevar.
- A partir de 2027, los establecimientos de comida y bebida para llevar deberán permitir que el cliente lleve su propio recipiente y no podrán cobrarle más ni ofrecerle peores condiciones por utilizarlo. Y a partir de 2028 también deberán ofrecer una opción de envase reutilizable dentro de un sistema de reutilización, aunque las microempresas están exentas de esta obligación concreta.
- A partir de 2028, algunos envases que normalmente terminan junto a los residuos orgánicos deberán estar fabricados de manera que puedan compostarse. Esta medida afectará, entre otros, a las bolsitas permeables utilizadas para el té, el café y otras bebidas, así como a determinados envases monodosis que se desechan junto con el producto que contienen, como los sobres de salsas habituales en los establecimientos de comida rápida.
- A partir de 2029 habrá una recogida separada de al menos el 90% para botellas de plástico de un solo uso y recipientes metálicos de bebidas de hasta tres litros, con sistemas de depósito, devolución y retorno cuando sean necesarios para alcanzar el objetivo.
- Para 2030 entra en vigor la prohibición de monodosis de plástico de un solo uso de condimentos, conservas, salsas, leche para café, azúcar y aliños en la hostelería para consumir dentro del propio establecimiento, a excepción de los que se ofrecen junto a comida preparada para llevar destinada al consumo inmediato y cuando sean necesarios por seguridad e higiene en hospitales, clínicas o residencias con asistencia médica.
- Nuevas restricciones para envases de plástico de un solo uso -como las frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kilogramos- y nuevas directrices de diseño.
- Implantación del sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para bebidas em España prevista para finales de 2026, que tendrá que convivir con el de gestión que existe hasta ahora o con otros sistemas.

La adaptación al nuevo reglamento es costosa pero merecerá la pena
El nuevo Reglamento de la UE para envases alimentarios obliga a diseñar pensando en el reciclaje, minimizar embalajes, utilizar progresivamente más material reciclado, crear opciones de reutilización y rellenado, organizar sistemas de retorno y demostrar documentalmente que se cumplen las exigencias.
El sector alimentario reconoce que será un «catalizador» para revolucionar el diseño y mejorar los productos que llegan a los consumidores, pero también insiste en el esfuerzo que está exigiendo a las empresas para adaptarse.
Dicha adaptación supone un esfuerzo inversor importante para la industria, en la modernización de procesos, el desarrollo de nuevos materiales y en la capacitación de equipos. Hay que rediseñar envases, estudiar si pueden aligerarse, sustituir materiales que dejarán de cumplir los requisitos, prepararse para incorporar porcentajes obligatorios de plástico reciclado y adaptar los futuros etiquetados. A ello, se añaden ensayos, certificaciones, sistemas de información, formación y, cuando sea necesario, modificaciones en las líneas de producción.
Asimismo, los objetivos de reutilización obligarán en determinados casos a crear circuitos de retorno y almacenamiento. Un envase reutilizable no termina su recorrido cuando sale del comercio o del restaurante: hay que recuperarlo, transportarlo, clasificarlo, limpiar cuando proceda y volverlo a poner en circulación. Esa logística inversa puede ahorrar envases de un solo uso, pero necesita espacio, medios y organización.
Por otro lado, supermercados, fabricantes y restauración prevén que pueda producirse un traslado parcial de los costes al precio final, sobre todo conforme lleguen inversiones en maquinaria, nuevos materiales, reutilización o logística.

La industria tiene razón en que la transición tiene costes reales, mientras que la Comisión también tiene razón al señalar que reducir material, transportar menos volumen y armonizar las reglas puede generar ahorros futuros. Saber cuánto acabará pagando cada parte —fabricante, distribuidor, hostelero y consumidor— dependerá de cómo se haga esa transición, de la disponibilidad de las nuevas soluciones y de cuánto cueste ponerlas en marcha a escala.
Fuentes: Efe:Verde, ABC de Rechupete y Onda Cero